Corte impide expulsión masiva bajo la Ley de Enemigos Extranjeros

Corte impide expulsión masiva bajo la Ley de Enemigos Extranjeros

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Un tribunal de apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos dictaminó que el expresidente Donald Trump no puede seguir utilizando la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para acelerar la deportación de migrantes venezolanos vinculados supuestamente con la pandilla Tren de Aragua. El tribunal determinó que la ley sólo se aplicaba en tiempos de guerra o amenaza militar real, y no durante migración criminal o peatonal.

La controversia se disparó cuando, en marzo de 2025, la administración Trump invocó esa ley para expulsar, sin procedimientos legales completos, a personas acusadas de pertenecer al grupo criminal. Las deportaciones incluyeron al menos a 238 venezolanos enviados a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.

Los jueces Leslie Southwick e Irma Carrillo Ramírez concluyeron que no ocurrieron ni invasión ni incursión hostil, argumentos indispensables para activar la ley centenaria. Esta decisión impide deportaciones en estados como Texas, Luisiana y Misisipi, y deja abierta la posibilidad de que el caso llegue al Tribunal Supremo.

El fallo también marca un avance para la protección de los derechos de los migrantes, al preservar su acceso a procesos judiciales y revisar individualmente su situación antes de una expulsión. Organizaciones como la ACLU han considerado la medida como un freno a una política que ignoraba el debido proceso.

Este episodio refleja una tensión profunda entre el afán de control migratorio y los principios constitucionales que protegen a toda persona —independientemente de su estatus— frente a tratos considerados excepcionales o arbitrarios. Por ahora, el camino legal permanece abierto, y el futuro del caso dependerá de nuevas audiencias y de la posible revisión del Tribunal Supremo.

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