En medio de la confusión que rodea los trámites migratorios en Estados Unidos, una pregunta clave sigue apareciendo: ¿puede un migrante trabajar legalmente sin el famoso permiso de empleo? La respuesta, aunque poco conocida, es un rotundo sí, pero con condiciones específicas. Mientras que el EAD (Employment Authorization Document) es obligatorio para la mayoría de los extranjeros, hay excepciones notables que pueden salvarte un buen tiempo de papeleo.
De acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), existen ciertos estatus migratorios que automáticamente autorizan al portador para trabajar, sin necesidad de tramitar un EAD. Entre ellos están los residentes permanentes (con Green Card), asilados, refugiados y quienes tienen visas de no inmigrante vinculadas a un empleo específico. En otras palabras, si tu estatus ya te da la luz verde para trabajar, no necesitas más documentos.
Para los titulares de Green Card, el permiso de empleo viene “incluido” con su estatus. El mismo USCIS afirma que la Green Card es prueba suficiente de autorización laboral, eliminando la necesidad de un EAD. Lo mismo aplica para quienes tienen visas como la H-1B, L-1B, O o P, que están orientadas a perfiles profesionales o artísticos con habilidades o conocimientos especializados.
La visa H-1B está dirigida a personas con formación en áreas altamente especializadas, o que trabajan en investigación y desarrollo para el Departamento de Defensa. Por su parte, la visa L-1B se concede a empleados con conocimientos específicos que son transferidos a una filial estadounidense desde el extranjero. La visa O-1 es para quienes han demostrado habilidades extraordinarias en campos como el arte, la ciencia, los negocios o el deporte. Y si eres artista o animador, la visa P-2 te permite presentarte legalmente en EE.UU., ya sea de forma individual o en grupo.

En otros casos, como los migrantes que tienen pendientes los formularios I-485 (Green Card) o I-589 (asilo), sí deben presentar el Formulario I-765, también conocido como Solicitud de Autorización de Empleo. Aunque estén en proceso para obtener un estatus que eventualmente los autorice a trabajar, deben contar con un EAD vigente mientras tanto para cumplir con la ley y evitar problemas con su empleador.
Por último, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) aclara que incluso los no residentes que generan ingresos en el país podrían tener obligaciones fiscales, dependiendo del tipo de actividad que realicen. Esto incluye a quienes participan en negocios o actividades comerciales en EE.UU., aunque no vivan permanentemente allí. Así que tener un empleo autorizado también implica estar al día con los impuestos.